jueves, noviembre 08, 2018

¿Cuándo es bueno legislar en caliente?


Estaba claro que había que aprovechar la ventana de oportunidad que la sorprendente sentencia del Supremo abría de par en par para que los políticos se colgasen la medalla de salvadores de la ciudadanía. El miércoles por la tarde todos, más o menos claros, eran partidarios de legislar para que el efecto de la sentencia no se extendiera a las nuevas hipotecas, y fue ayer Sánchez, desde el gobierno, cuando anunció que en el Consejo de Ministros de hoy se aprobará u Real Decreto que declare que la entidad financiera es el sujeto pasivo de la hipoteca, por lo que los nuevos titulares de la misma no pagarán el tributo, aunque a partir del lunes verán cómo se encarece el producto hipotecario y, en el fondo, tendrán, tendremos, que pagarlo.

Y a lo largo de la tarde de ayer me surgía una duda, infantil, inocente, de esas que no tienen malicia ni respuesta, relacionada con las polémicas sociales y judiciales. Cada vez que se produce un suceso violento o que genera un amplio rechazo social se reclaman, desde asociaciones de afectados, modificaciones legislativas para que cosas así no vuelvan a pasar o para que, realmente, cuando se reiteren, los causantes de las mismas afronten un castigo más duro. Y la respuesta común de políticos y legisladores es la de que legislar “en caliente” es un error, y que no debemos caer en esa actitud precipitada, simplista y algo demagógica. Respaldo bastante esta argumentación, pero para tratar de ser coherente, la respaldo independientemente de cuál sea el caso al que nos estemos enfrentando. Y compruebo con asombro como ayer se produjo un proceso de legislación no en caliente, sino en plena ebullición, sin que a nadie le haya resultado extraño o precipitado, o al menos que así lo haya manifestado públicamente. Cierto es que la actitud del Supremo en esta historia ha hecho necesaria que se produzca una revisión de la norma por parte del legislador, ¿pero cambiar una ley tributaria por un Real Decreto ofrece todas las garantías posibles? ¿Deja una puerta abierta a que una entidad financiera que se sienta perjudicada por el cambio de norma recurra la misma y pueda tumbarla? Mis conocimientos de derecho son escasos, por lo que las preguntas las lanzo porque no se sus respuestas. La precipitación a la que hemos asistido en este caso, celeridad asombrosa, contrasta notablemente con reformas legislativas requeridas por parte de la población, que se agudizan en casos concretos, y que son dilatadas en el tiempo por los partidos de una manera asombrosa. El caso de la edad penal de los menores y el tratamiento al que deben ser sometidos si cometen crímenes graves es uno de ellos. Pocos son afortunadamente los casos, pero cuando se producen inquietan especialmente, y ante ellos, y la demanda automática que surge entre las víctimas de esos delitos y parte de la sociedad, que se siente solidaria y amenazada junto a los sufridores del caso, la respuesta suele ser casi siempre la misma, la de que legislar en caliente es peligroso y se debe producir un debate entre expertos sobre las consecuencias que tiene un cambio normativo en esa materia. En el caso hipotecario el número de afectados es muy elevado, el clamor social generado enorme, pero también son amplias, complejas y de calado las consecuencias de tocar la norma que rige el mercado de las hipotecas. Si los bancos repercuten el impuesto a los clientes, cosa que hace todo aquel que tiene un tributo y puede pasárselo a otro, los costes de la hipoteca no variarán para el particular, pero se oscurecerán, enmascarados en subidas de tasas y de diferenciales, y al final puede que acabemos pagando aún más que lo que sería el importe tasado de un (anacrónico, injusto y necesitado de revisión) impuesto. ¿Alguien ha pensado en las consecuencias de todo esto? A buen seguro no, pero cargaremos con ellas, sea lo que sea que acabe pasando en ese mercado.

Realmente, ahora que no nos oye ni lee casi nadie (¡¡gracias, querido lector, por estar ahí!!) la pregunta del título de hoy se responde de una manera muy sencilla. Depende del número de votos que se puedan pescar con la reforma. Los cambios de normas de carácter penal tiene partidarios y detractores muy acérrimos y los votos que ganas por un lado los pierdes por el otro, y el saldo de legislar en caliente no está muy claro. En el caso de las hipotecas, todos se apuntaban al carro de la reforma porque era una ganancia de votos segura, sea quien sea el hacedor del cambio normativo, y cuando hay votos que ganar, no hay tiempo que perder, y la prisa todo lo domina. Así de simple y crudo. Hay quien a esto le llamará demagogia o cinismo. Y sí, es eso, que también son términos adecuados para describir lo que es la política del día a día.

Mañana es fiesta en Madrid ciudad, la Almudena, así que no habrá artículo. Hasta el Lunes 12

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